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Le he cobrado 300€ al "futuro inquilino", pero por otros motivos no voy a poder alquilarle el piso. ¿Que cantidad tengo que devolverle?¿Los 300 €? o ¿tiene derecho a una indemnización?
Aún no habíamos firmado el contrato, pero si que tiene un justificante del pago de la fianza con las futuras condiciones del contrato.
La situación que describe mas que fianza es una señal o arras en tal sentido igual que si hubier asido el inquilno el que desiste de arrendar pierde esa señal, al ser el arrendador debe devolverla duplicada.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.