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Tengo una casa en propiedad. Tiene unas ocho habitaciones. Me gustaría alquilarla por habitaciones, pero no me atrevo a darla de alta como pensión. ¿Cuántas habitaciones puedo alquilar sin que sea pensión?
¿Tengo yo que vivir allí, ocupando una habitación, para poder alquilar como habitaciones? ¿O podría vivir en otra parte y aun así alquilar por habitaciones?
Muchas gracias de antemano.
Hola Isabel:
La catalogación como actividad de pensión tiene más que ver con el periodo de arriendo, servicios que se presten a los usuarios,etc.. que del número de habitaciones que se pretende alquilar.
Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos quien, con los datos que usted aporte y la documentación relativa a la casa, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl