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El 15 de junio firmaré contrato de arrendamiento con mi nuevo inquilino, y me pregunto si habiendose aprobado ya el anteproyecto de la nueva LAU puedo hacerlo acogiéndome a las nuevas disposiciones. Si incluyo en la redacción lo de la prórroga por tres años o el requerimiento judicial para el desahucio, podré aplicarlo cuando llegue el momento, o si está firmado antes de la fecha de aprobación definitiva de la ley es inválido? Porque imagino que la norma no será retroactiva, pero claro, sería una pena que, por unos meses, no pueda beneficiarme de sus disposiciones.
Un año de contrato te parece mucho?
solo de pensar en hacer una mudanza por año me dan mareos!
Parece mentira pero hace ya un año que el Gobierno anuncio a bombo y platillo esa nueva ley
Amparo,ya respondiste hace 11 meses.
Y cuando aprobarán esa ley que creo que está en anteproyecto tambien de quitar la clausula de permanencia obligatoria de 1 año? eso si que es una pena, para una ley que beneficia al inquilino..
Para empezar, el anteproyecto no se "aprueba", así que no está "aprobado". Se presenta, y de hecho no hace falta ni eso, pq es una idea, sin forma.
El requerimiento judicial para el desahucio ya existe.
El anteproyecto de ley es al día de hoy papel mojado
será una pena pero es lo que hay.
hasta que no se publique en el boe no se podrá hacer un contrato en el marco de la nueva ley
saludos - Papeleos Alquiler.