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En el contrato de arrendamiento se establece que la renta se ha de pagar en plazos mensuales por adelantado en los siete primeros días de cada mes. La forma de pago es ingreso en la cuenta corriente del arrendador. Mi pregunta es si ese plazo es el que tiene el inquilino para hacerlo, sin perjuicio de cuando llegue a mi cuenta. Porque en caso de hacerlo el día 7 por transferencia, a mi no me llega hasta el día 9.
Gracias anticipadas por la respuesta.
Eso ya es más normal. A mi me van al dia. Supongo que también influirá la hora de hacer la transferencia o lo competentes que sean en el banco.
Es algo q voy a preguntar
Vaya Crazyh, pues yo a veces me hago transferencias a mí misma, de un banco a otro. Y siempre tarda un día (1 día) Nada de 2 o 3, siempre 1 día (hábil obviamente)
saludos a todos
amparo
javiersantander, me reitero en lo dicho. Hoy mismo he pedido que hicieran la transferéncia a mi arrendadora. Hoy mismo le ha llegado la cantidad, y no són del mismo banco
Crazyh, todos los bancos hacen las transferencias en el acto, el problema reside en que si el la cuenta de destino es de otro banco el ingreso no se hace efectivo hasta los 2 o 3 dias.
Yo no lo entiendo. Mi banco lo hace al instante. Y digo que no lo entiendo porque esta pregunta ya se está repitiendo varias veces.
Y tantos problemas trae que llegue dos dias más tarde? Si la respuesta es afirmativa, ¿ por qué no se pactó pagar la renta del 1 al 5 en vez del 1 al 7?
Si la forma de pago es "ingreso en la cuenta del arrendador" cabe entender que el pago se produce cuando se efectúa ese ingreso. Sin embargo me parece "hilar demasiado fino" que puede agriar las relaciones arrendador/arrendatario.
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