¿Cuando alquilas tu piso, los contratos de suministros (agua, luz y gas) se tienen que cambiar de nombre?
Hola a todos...
Resulta que voy a alquilar mi casa, y tengo la duda de si los contratos de suministros (agua, luz y gas) que actualmente están a mi nombre.... tengo que hacer un cambio de titular a nombre del nuevo inquilino de la vivienda, o sólo cambio la domiciliación bancaria dejándome a mí como titular del contrato de suministro?
En el caso que sea la 2ª opción, si el inquilino tuviera problemas de impago, la compañía del suministro a quién reclamaría?. Al titular del contrato (o sea yo), o al inquilino que es quien ha gastado y posteriormente no pagado la cuota ?
Quedo a la espera de vuestra respuesta.
Muchas gracias por adelantado.
Saludos mil.
Preguntado por:
zaremer
Hace 15 años
Categoría: Caseros
Respuestas (5)
MeRy_F ha sido el primero en contestar MeRy_F ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan P
casero/a
En Murcia, junto al recibo del agua va la tasa de basura. He tenido inquilinos morosos a quienes han cortado el agua, y luego han pagado la reconexión, en varias ocasiones, pero la basura, como es una tasa, no se la han cobrado, y en cambio me la ha cobrado a mí el ayuntamiento por vía ejecutiva.
Por tanto, lo mejor es poner los contratos a nombre de los inquilinos, y evitará sorpresas.
Yo en cambio tengo los suministros a mi nombre pero domiciliados en las cuentas de los inquilinos. Jamás he tenido un problema. Ellos saben que si no pagan, las compañías cortan el suministro super rápido. Vamos que no dejan que se acumulen dos impagos en ningún caso. Luego si un inquilino es morosazo, los suministros, serán el chocolate del loro, el cuál también podrás reclamar en un posible juicio
A ver a mí me ha pasado alquilamos y ni pagó alquiler ni nada y como tú, en un momento dado si no te paga los recibos tampoco los puedes cortar, dejar de pagar ni nada.
Es mejor que lo pongas todo a nombre del inkilino antes de firmar el contrato y entregar las llaves, porque luego se suelen escakear.
Pero ojo si tu vivienda o local es antiguo luego puede tocarte dar de alta de nuevo que tb tiene su coste pero en fin, creo que es infinitamente mejor que pagarle a nadie las deudas, nosotros tendríamos en el caso del local gastarnos o 3000€ en pagarle la deuda que está a su nombre porque no tenemos luz, o hacer una nueva instalación y alta porque tiene ya 20 años el local y así no lo dan de alta unos 6000€, pero gracias a la nueva ley simplemente vamos a cambiar de suministradora y recuperamos todo pagando 10€, por fin una ley que sirve para algo.
De los recibos impagados responde el titular, así que aunque es más cómodo simplemente cambiar la domiciliación bancaria es más práctico para tí ponerlos a nombre del inquilino.
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