Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Empecé a alquilar el piso en agosto del 2010. Cuando le di el aviso de que quería dejar el piso me dijo que tenía que completar el segundo año. ¿Tengo obligación de cumplirlo?
Para darle una respuesta exacta habría que examinar el contrato. Si el plazo son cinco años y no hay estipulación que prevea la posibilidad de desistimiento, no podría irse sin indemnizar hasta cumplir ese periodo máximo.
Si es por años tiene que esperar a que reste un mes para que venza la anualidad (avisar con un mes de antelación, por burofax u otro medio que deje constancia).
Si hay una cláusula que regule de forma específica el desistimiento habrá que seguir los pasos que se indiquen.
Si el motivo es ajeno a su voluntad podría irse en cuanto surja la causa.
Añadir que Debes avisar con 30 dias de antelación; si ya sabes que te va sa ir avisalo ya.
por burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
pablo.
Bueno. Agosto está a la vuelta de la esquina.
avisa fehacientmente en julio y podrás irte cumpliendo el contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.
Pero he tenido muchos problemas en el piso, a pesar de ser prácticamente nuevo me ha pasado de todo: goteras, tuberías que se han roto, obras porque se ha levantado el suelo en la terraza... ¿No puedo dejar el piso debido a todos estos problemas?
Así es. el contrato se va prorrogando por años completos.
Salvo que el contrato contenga cláusula de desistimiento, tienes que irte en una anualidad, previo aviso fehaciente al menos 30 días antes.
Saludos - Papeleos Alquiler.