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Le he enviado por mensaje de tfno con 15 dias de antelación que dejaba el piso. Le entregué las llaves 4 dias antes de que terminara el mes último, No habia desperfectos en las paredes mas que el uso normal. Solo estuve trece meses y ya habia pasado el año de contrato obligatorio. No firmamos finalización de contrato. Recogió las llaves y ya está.
Javier, todo eso está muy bien, pero es el arrendador quien debería haberselo dicho y dejado por escrito en el documento de finalización de contrato.
Si el arrendador ha aceptado la finalización, como parece ser, y las llaves, ahora no puede alegar todo eso para pintar la vivienda. Era tan fácil como haber estipulado una indemnización, pero no ahora, a toro pasado.
Si acredita que le quieren cobrar la pintura, mediante algún escrito de la parte arrendadora, será suficiente para demostrar que se finalizó el arrendamiento, da igual si coincidió o no con la finalización del contrato, y con esa documentación podrá reclamar la fianza.
Peor no se puede entrgar y recoger una vivienda.
1 No has avisado de forma fehaciente
2 No has respetado el cumpleaños 12-24-36...
3 No has firmado el documento de entrega de llaves
Debes tenner en cuenta que te pueden reclamar los 11 meses restantes aunque el casero lo ha hecho tal vez peor que tu,ya que no tiene ningún documento donde afianzar su reclamación.Es más,la no existencia de finiquito,al que más perjudica es al casero.Pero este casero es tan chapuzas que incluso se atreve a reclamarte la pintura ,cosa que no puede.
Habla y llega a acuerdos satisfactorios para ambas partes (aunque una negociación entre personas que lo han hecho todo mal......no se yo)
Le habia avisado el mes anterior de que dejaba el piso y lo hice verbalmente y por telefono y 16 dias antes le envié por mensaje diciendo que el dia 1 ya estaria el piso vacio y podia disponer del mismo. El dia 27 le hice entreg de las llaves. Espero haber aclarado algo y lo del mensaje era para dejar constancia de que se lo habia comunicado. Gracias por la respuesta
El desgaste de la pintura se considera desgaste por uso ordinario, y corresponde al arrendador.
Ahora solo te falta poder demostrar la entrega de llaves y reclamar la fianza mediante juicio verbal, pero vamos, que no es correcto cobrarte eso ni es correcto que avises con 15 días ( excepto que el contrato exponga esa forma para desistir).