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El tema es que queremos vender el piso y una de las partes, nos propone hacerle a la inquilina unos contratos turisticos durante 12 meses con un 25% descuento por dejar enseñar el piso.
Mi duda es que si surge un comprador, tenemos que dejar pasar los doce meses, o lo podemos firmar al acabar los 3 meses de contrato?
Hola Olga:
Por los datos aportados:
1º) si usted desea alquilar la vivienda para periodos vacacionales. Nada impide que se haga un contrato donde se establezca que la duración del mismo es de, por ejemplo, 2 años, pero que el periodo de ocupación será unicamente de los meses a a b de cada año. En este caso, sí sería válido un pacto como el que enuncia en su post.
2º) Fuera del caso anteriormente expuesto, cualquier pacto igual o análogo será nulo de pleno derecho.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Amiga Olga,si haciendo las cosas bien hay problemas,fíjate haciendo la chapuza que intentas, acabarás en los juzgados y encima sin tener razón,ya que como dice Amparo,en el momento que se empadrone en tu casa,no la sacas de ahí hasta los cinco años por ley
Es que los contratos turísticos son de pocos meses de duración Y si la inquilina se quiere quedar por 12 meses, te digo yo que lo va usar como vivienda habitual, se va a empadronar y va a poderse quedar si ella quiere hasta cinco años en la vivienda, Con lo que para sacarla del piso tendrás que hacer algo muy jugoso.
No entiendo nada.
debes saber que el plazo del contrato, si se trata de vivienda habitual de tu inquilina (camuflado de turístico) es irrelevante, ya que la inquilina tiene derecho a prórrogas anuales al menos hasta que el contrato cumpla un mínimo de 5 años.
si realmente son contratos turísticos. ¿Por qué hablas de 3 meses y de 12 meses?