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La inmobiliaria en la venta de un piso pone esto que pongo arriba
¿entra en esto los inquilinos que hay en la casa, cuando fueron estaban ,pero lesqueda cotrato y no pueden irse ahora. Muchas gracias
JULIA GOMEZ: sin perjuicio de la anterior respuesta y para no atiborrarla a Ud. con tecnicismos más o menos complicados, mi consejo es que en el contrato de compraventa pongan claramente cual es la situación arrendaticia de la vivienda y que el comprador la conozca con total claridad. Traten ese tema a las claras, ya que en Derecho, la claridad es la mejor forma de evitar los problemas.
Buenos días,
La mención libre de cargas, gravámenes y evicciones es incorrecta:
Por un lado, que el piso esté libre de cargas y gravámenes implica que no existen hipotecas, servidumbres u otros derechos reales de terceros sobre el piso.
Por su parte, la evicción, es la pérdida del derecho de propiedad (por ejemplo, por una tercería de dominio).
Por tanto, ello no implica que cuando vaya a adquirir su vivienda esté libre de arrendatarios.
En todo caso, es aconsejable la intermediación de un abogado en las compraventas de viviendas, ya que le podrá asesorar sobre esta y cualesquiera otras dudas que tenga. Desde nuestro despacho asesoramos en compraventas en toda España.
Por otro lado, es siempre aconsejable firmar los contratos de compra de inmuebles con la propiedad, aunque sea el documento privado, ya que la inmobiliaria no suele estar capacitada para obligar al vendedor.
Un saludo,
Pelayo de Salvador