Buenos días Pedro, No es necesario redactar un contrato nuevo. Aunque usted fije la duración de un año, con la legislación actual, ese mismo contrato se prorrogara como mínimo hasta los 5 años, siempre que el inquilino esté interesado. De modo que puede poner en el contrato de 1 año prorrogable hasta 5 (actualmente) o directamente de 5 años. Pero en ningún caso, debe usted hacer cada año un nuevo contrato de arrendamiento con los mismos inquilinos, sirve el mismo, este de una forma u otra.
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