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buenas, quisiera saber si al poner en un contrato escrito de alquiler de habitacion, la casera no se hace responsable en caso de hurto o robo. eso es legal? y tiene validez plenamente?. no se hace responsable en caso de sustracciòn?. se puede incluir esa clàusula para evitar posibles conflictos legales?.gracias
no se ha cometido ningún robo supuestamente yo reo que se robó a si mismo para culpar a gente inocente para que le indemnicen. Si entra en su cuarto siempre porque en el cuarto estaba el frigorífico de los dos, entonces eso es prueba de robo????
Por ser tan escueto no me he explicado nada bien.
Trataba de decir que si el casero es responsable de un robo, lo es ponga lo que ponga el contrato. Vaya, que venimos a decir lo mismo.
en ese caso la clausula no tiene validez. Pero es que en caso contrario es innecesaria porque si la casera no es responsable del robo, tampoco podria serlo por su mera condicion de casera.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
No comparto el criterio de mi compañero, no veo que la casera pueda ser responsable de los hurtos o robos, salvo que se pruebe que los ha cometido ella,en cuyo caso esa clausula sería nula indudablemente.
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vale gracias. pues vaya lio. entonces porque en la piscina en las taquillas pone, no nos hacemos responsables de lo que depositen en las taquillas?. en convivencia es distinto no?.