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Leí que los contratos de arrendamiento tendrian que ser ahora por tres años y no de cinco. ¿es eso cierto?
muchas gracias.
Hola Ruben:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
http://letradosalquileres.es.tl/La-importancia-de-un-buen-contrato.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Ruben vaes, en relación a tu pregunta te diré que efectivamente has leido bien, que en las reformas habidas últimamente, entre otras han sido las siguientes:
Las prorrogas sobrevenidas a los contratos verificados por un año, pasa a reducirse en tres años.
Otra, las reformas hechas por el inquilino, si son autorizadas por el propietario, podran aplicarse al pago del alquiler.
Otra, Inquilino y casero no tendran que ajustarse al IPC, para actualizar el alquiler.
Otra, El inquilino podrá dejar el piso antes del tiempo establecido en contrato, avisando al casero con UN mes de antelación.
Otra, (esta me suena a broma), dice, que se agilizaran los desahucios de inquilinos morosos.
Bueno, espero haberte informado adecuadamente. Cuanto te informo lo lei en prensa no hara mas de un mes.
Hola, hasta que no salga la ley nueva todavia se rigen con la actual y aumque pongas en el contrato para un año el inquilino si quiere estar 5 lo puede hacer