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INMOFER, S.L.

casero/a

Contrato de arrendamiento de una nave vigente. Hemos formalizado un leasing con el banco y la Propiedad la tiene el banco
Es un leasing con opción de compra por lo que no sería una venta tal cual. Porque en unos años volverá a ser nuestro. El banco en ese contrato de leasing nos autoriza a subarrendar. Pero no se si hay que rescindir el contrato de arrendamiento anterior y hacer otro de subarriendo o simplemente un documento que plasme el cambio de titularidad y nosotros aparecer como arrendadores financieros
  • Preguntado por: INMOFER, S.L.
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    El leasing es arrendamiento financiero; ese contrato no se puede anular hasta que no se hayan cumplido las condiciones pactadas. Si se ha establecido la posibilidad de subarrendar ustedes deberán firmar con los subarrendatarios un contrato de subarriendo y cumplir las condiciones del contrato de leasing (quizás comunicar al banco, contratar un seguro, etc.)

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
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