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Dominium

casero/a

En el contrato de alquiler de uso distinto al de vivienda, ¿es obligatorio pedir 2 meses de fianza o un mes es suficiente?
Hay que depositar dicha fianza (uso distinto al de vivienda) en algún organismo obligatoriamente?
  • Preguntado por: Dominium
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Según el art. 36 de la L.A.U. Es un mes para vivienda y dos meses para uso distinto de vivienda.

    Saludos,
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Es obligatorio pedir dos meses, que se han de ingresar en el organismo público de la comunidad correspondiente.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puedes ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
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