La duración del contrato es efectivamente por un año, pero siendo de vivienda, el mismo se renueva automáticamente cada año hasta que se cumplan los 5 años. Solo en ese momento el propietario o el inquilino pueden notificar su voluntad de no continuar con el mismo, pues si no se realiza dicha comunicación se sigue prorrogando, hasta otros 3 años (obligatorios para el propietario, aunque entonces el inquilino puede resolverlo cada año) El inquilino, y sólo él mismo, puede resolver el contrato al final de cada anualidad, tanto durante los 5 años, como en las sucesivas prórrogas.
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