Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenas noches amigos....desearía que me informaseis si presentando el contrato de alquiler en la Declaración de la Renta puedo desgravar.
Dicho contrato de alquiler hay que validarlo previamente en algún organismo oficial, para asi, poder presentarlo en Hacienda?.
Sin más, un cordial saludo y muchísimas gracias
Muchas gracias Pablo.
Comentarte que mi comunidad es Andalucia.
Un saludo cordial,.
Sunshine,
Depende de la comunidad.
en Madrid es el ivima, en Catalunya es el incasol,, etc.
pregunta en tu ayuntamiento, o en el numero de información ciudada; o sino al "Google", que lo sabe todo!
pablo.
Sr. Pedro Martínez, gracias por su información.
me podría usted indicar, si es tan amable, en que organismo tendría que depositar mi casero la fianza? .
de nuevo, muchisimas gracias y perdone por las molestias.
un saludo cordial.
No.
Si no ha depositado la fianza no os podreis desgravar la parte que toque; y debereis demandar al casero para exigirle los daños y perjuicios.
El deposito de la fianza en el organismo competente no es opcional.
Insistidle al casero "por si se le ha olvidado".
Tambien podeis preguntar en el organismo y denunciarlo alli para que le multen y le obliguen a depositarlo.
Pablo.
Disculparme por la confusión. Nosotros somos los inquilinos y por supuesto mi pareja aparece en el contrato como parte arrendataria. A nosotros el casero no nos ha dado ningún documento, el cual muestre el depósito de la fianza en el organismo correspondiente. Por eso mi pregunta. En el caso de que no haya hecho ningún depósito...puede optar mi pareja a presentar el contrato de alquiler para desgravar en la declaración de hacienda??.
Perdonar las molestias.
Muchisimas gracias
, Saludos
definitivamente estas confundiendo; pero se entiende.
Vosotros, como inquilnos, teneis derecho a deducción (si cumplis los requisitos).
Aseguraros que el casero haya ingresado la fianza. Os debe dar el documento conforme lo ha realizado.
Si tu pareja puede optar a la reducción de hacienda; se podrá desgravar lo que corresponda al 50% del alquiler; siempre y cuando ella tambien figure en el contrato.
Pablo.
Disculpad amigos, añadir que mi pareja sería quien va a presentar el contrato en la declaración, por tres motivos:
-ella tiene una jornada reducida de trabajo. Ingresos mínimos.
-yo tengo una nómina alta.
-el contrato está puesto a nombre de los dos.
muchísimas gracias.
Buenass tardes..gracias por contestar tan rápido. Comentaros que me extraña mucho que mi inquilino haya depositado la fianza en algún organismo. Si el inquilino ha procedido de esta manera, no depositando dicha fianza.....podría yo presentar el contrato en la declaración?.
depende basicamente de dos cosas
1.- tus ingresos; esto solo lo sabes tu. Si llamas por telefono a la agencia tributaria te explicaran todo.
2.- que el casero haya depositado la fianza en el organismo correspondiente.
asegurate de que es asi preguntando en dicho organismo; si no es asi, exigeselo o demandalo.
Pablo.
El contrato no se presenta en ningun sitio ni tampoco a la hora de hacer la declaracion de irpf.
puedes acogerte a la deduccion en funcion del resto de circunstancias que se tienen en cuenta en la declaracion de la renta.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es