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Ante la prisa y lo que me gusto un piso para alquilar, me someti a un prepotente y desconfiado dueño que nos hizo un casting. Es un piso sin amueblar y sin embargo nos ha hecho pagar dos mensualidades por anticipado que, según creo,se pide en los pisos con muebles. Ademas, para asegurarse de que no nos vamos a ir antes del año, en un principio íbamos a solicitarnos un aval bancario, para lo cual no teníamos incoveniente, pero finalmente se firmo el darle por adelantado otras tres mensualidades, con lo que el tío se nos ha llevado 5 mensualidades por todo el morro y con nuestro visto bueno, puesto que hemos firmado. Antes de todo esto, ya habíamos demostrado que los dos somos personas solventes,empleados fijos en empresas seguras
Mi pregunta es, puedo exigirle saber donde esta ese dinero que le hemos dado anticipadamente? debería haberlo depositado en algún sitio? Sospecho que este en su poder invertido
Hola Maiape:
1º) El pago de la primera mensualidad por adelantado es absolutamente ajustado a derecho.
2º) El pago de una mensualidad en concepto de fianza, sin perjuicio de la obligación administrativa del arrendador de depositarlo en el organismo correspondiente,es absolutamente ajustado a derecho.
3º) La solicitud de entrega de 3 mensualidades de renta en concepto de depósito como garantía adicional es absolutamente ajustado a derecho.
4º) Si las cantidades constan en el contrato o se han realizado por ingreso o transferencia bancaria no es preciso justificante de su entrega.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Tiene usted razón, antes de firmar deberíamos habernos asegurado de todo, pero puesto que no lo hicimos y , de buena fé firmamos lo que él quiso, lo cual considero abusivo, es el motivo por el que he contactado con ustedes, para ver si me podían asesorar.
Pienso que debería haber leido la lau y esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
Pero no debería haber recibido un comprobante de que el dinero esta despositado en el organismo oficial correspondiente? es normal que el propietario disponga de mi dinero libremente? no tiene que declararlo? Para responder de desperfectos no hubiese valido con la mensualidad que establece la LAU? A mi me parece excesivo 3500 € y más aun que obren en su poder.
En otra de las claúsulas eliminó nuestro derecho al tanteo que creo que es un derecho ineludible.
Además se desentendia de cualquier reparación de la vivienda, por lo que nosotros hemos hecho un seguro a la casa, como si fuera nuestra. En la compañia aseguradora les pareció raro, pero así estamos más tranquilos ante cualquier cosa que pueda suceder.
dice sobre el contrato abusivo sin aclarar más.
Los 3000 euros no son ingresos, son garantía de que ha de devolver bien el piso, mobiliario,...etc. Si a la firma del documento final contrato está limpio el documento, dentro del mes siguiente devolverá esos 3000 euros de garantía, así como la mensualidad de fianza. Si hubiera desperfectos figurados en documento, deducirá del importe fianza más garantía el importe de desperfectos,faltas,....previa presentación de facturas,abonandole la diferencia. saludos,
dice sobre el contrato abusivo sin aclarar más.
Los 3000 euros no son ingresos, son garantía de que ha de devolver bien el piso, mobiliario,...etc. Si a la firma del documento final contrato está limpio el documento, dentro del mes siguiente devolverá esos 3000 euros de garantía, así como la mensualidad de fianza. Si hubiera desperfectos figurados en documento, deducirá del importe fianza más garantía el importe de desperfectos,faltas,....previa presentación de facturas,abonandole la diferencia. saludos,
No he dicho nada de que no pretenda cumplir el año, todo lo contrario, lo he firmado y lo voy a cumplir. Mi consulta era sobre el contrato abusivo que nos ha realizado y sobre que no hayamos recibido ningun documento oficial que certifique que lo ha ingresado.
En cuanto a esos ingresos extras que nos tiene retenidos, son 3000 € no debe declararlos?
Si es vivienda tiene obligacion de ingresar una mensualidad en el organismo público correspondiente pero en caso de denuncia es una simple falta administrativa. No anula el contrato. Además puede exigir otras garantias que considere. Las garantías puede pedir las que quiera y usted negarse.
De todas formas un contrato hecho normalmente por un año es de obligado cumplimiento. Si se firma es para cumplir.El arrendador aunque no quiera tiene que soportarle hasta los 5 años, el inquilino cumplir la anualidad firmada y las siguientes que se hayan prorrogado.
El arrendatario puede rescindir el contratro al final de cada anualidad o prórroga comunicando por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias ( o más) ANTES DE FINALIZAR LA ANUALIDAD O PRÓRROGA.No vale de palabra ni teléfono ni email, sí por escrito con firmA DE ambos y copia para cada uno( sirve de prueba).
Si comunica 29 dias antes ya se ha prorrogado por un año más.
Si marchan por su cuenta a mediados de año es incumplimiento de contrato. Muchos gastos,abogado,procurador,costas judiciales.
Al comunicar rescisión quedan en reunirse el último dia,revisan piso,faltas,desperfectos,...figuran en impreso final de contrato lo que esté mal, firman los dos y copia para cada uno. Si hay disconformidad se hace constar y si arrendador no quiere firmar si usted no hace nada se prorroga por un año más. En ese caso enviar nueo burofax diciendo porque no se ha rescindido o demanda judicia para lo que necesitará abogado y procurador,
Si al inicio del contrato hubo desperfectos y no lo comunicó de forma fehaciente al haber firmado en contrato recibir todo en debidas condiciones y, salvo prueba( burofax con acuse) el C. Civil presupone haberlo recibido en debidas condiciones figuraria como desperfecto deduciéndo su importe previa presentación de facyura, de la fianza y garantias devolviendo el resto un mes después ( para que le devuelvan la mensualidad de fianza).
saludos,