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Recogido en el contrato , cancelación anticipada sujeta a indemnización de un mes por año que reste por cumplir, con lo que entendemos que debemos cobrar 1mes más para cumplir preaviso, 2 meses y parte correspondiente 3 meses y medio del primer año, por cancelación anticipada.
Consideramos en realidad, que si nos pagaran 1 mes podríamos cerrar el trato. Si tuviesemos que denunciar, creo que pediríamos to do aquello que nos corresponda según contrato.
Marina. - al 15 de Noviembre de 2013 no hemos llegado, supongo que se refiere al año 2012.
de lo expuesto, Ud. Misma manifiesta la solución para cerrar el trato, no creo que la parte arrendataria se oponga.