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Buenas tardes, por favor me gustarìa que alguien me ayudara, vivo en una casa de alquiler, el contrato es de 11 meses, me cumple en 20 dìas, me dicen que tengo que marcharme porque el piso pertenece a una empresa con varios socios.
Estoy separada y vivo con mi hija de 10 años, la cual tiene el colegio al lado, no quiero volver a cambiarla ya que cuando nos separamos vivio varios cambios: ciudad, colegio... para colmo me he quedado parada, ¿ QUE PUEDO HACER? Gracias.
Ursula Tienen razón con lo que te han dicho. Lo que yo veo es que si dices que te has quedado en paro, debes pensar muy bien si puedes seguir pagando, ya que en el momento que no pagues un mes ,te demandarán sin contemplaciones ,por haber tenido que "embainársela". Si tu conclusión es de que no vas a poder pagar (ellos no lo saben), debes negociar una salida con indemnización
Si es tu vivienda habitual. No hace falta que hagas nada.
salvo que manifiestes a los arrendadores lo contrario, el contrato se autoprorroga solito - sin firmar nada - por anualidades.
siempre que pagues no pueden echarte de ahí al menos hasta que el contrato haya tenido una duración de 5 años.
lo único que yo sí haría. Es cambiar la cerradura.
solo por si acaso.
saludos - Papeleos Alquiler.
Si es su vivienda habitual, que es lo que parece, tiene derecho a vivir ahí 5 años, haya los socios que haya.
Es decir, su contrato de 11 meses, se ha renovado por una anualidad completo, hasta el siguiente año, donde usted podrá decidir abandonar la vivienda o no. Y asi 5 años. Para abandonarla, deberá avisar, de forma fehaciente, con 30 días de antelación, de forma fehaciente ( burofax con acuse de recibo), a la fecha de finalización de contrato.
Tiene que saber que el contrato es de obligado cumplimiento, y preveer si podrá pagar las doce mensualidades siguientes, ya que en caso contrario sería mejor cambiar a algún sitio más económico o con algún familiar. Eso sí, todo por escrito. No acepte que le digan que se tiene que ir si no es por escrito, y que expongan los motivos.
Pero si es su vivienda habitual, por mucho que en el contrato ponga que es "temporal", o que haya gente que crea que la duración de 11 meses lo haga temporal, tiene derecho a los 5 años, donde lo único que podrán incrementarle es el ipc general.
Un saludo.