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Hola, el piso que menciono está alquilado a la misma persona desde el 1 junio 2009 por cinco años, cuyo vencimiento será el proximo 31 de Mayo. El alquiler es con muebles y electrodomésticos, sin tv ni ajuar de la casa.
Quiero saber si he de avisarle al inquilino con antelación y de cuantos días.
Me debe una cantidad importante, ¿sería legal hacer un contrato por meses prorrogables? hasta que me pague la deuda, ya que a él le interesa seguir en la vivienda?
Saludos
Maria Cruz
Coincido con las respuestas dadas.
Hola Maria:
Coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Acude a un abogado inmediatamente, él te hara la notificación fehaciente antes de los treinta dias a la finalización del contrato y con las formalidades legales y documentará la resolución del contrato con el reconocimiento de deuda del arrendatario.
No te conviene que se prorrogue el contrato si es moroso.
No conviene mezclar ambas cosas.
Si el contrato vence el 31 de mayo le tiene que preavisar con treinta dias de modo fehaciente, si no lo hace, el contrato se prorrogará tres años más indefectiblemente.
Si le debe dinero de alquileres todo depende de la confianza que le ofrezca su voluntad de pagar, porque lo suyo sería un desahucio por falta de pago, lo de la lentitud de los procesos judiciales no es una frase hecha ni un tópico.
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