Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Lo dicho ,la comunidad colgo un cartel en el que anunciaba que los que no estuviesen al corriente de pago de las cuotas de comunidad tendrian que comprar un mando y una llave para acceder a la finca y que el portero que es el que abre y cierra ambas puertas a todo el mundo no les abriria.
Yo tengo el piso alquilado y en el cual consta que sera el propietario el que se hara cargo de dichas cuotas no haciendose cargo desde mucho antes que yo entrase a vivir y lo que me interesa saber es si pueden hacerlo ,no quiero entrar en temas de si denunciar al casero ,o decirles lo que tienen que hacer, ni pagar yo la comunidad ni nada de eso ,solo quiero saber si tienen potestad para hacerlo o no,esta comunidad es algo parecida a la de aqui no hay quien viva ,con sus cotillas ,neuroticos ,locos etc y ya intentaron prohibirme la entrada a la piscina cosa a la que hice caso omiso despues de discutir con las tipicas amargadas sin quehaceres mas que molestar con chorradas y demas tonterias sin sentido
Efectivamente Pedro tienes razón. sin embargo de la pregunta de Saúl se deduce que la comunidad le facilita la llave y el mando al arrendatario si este está dispuesto a pagarlo; en otro caso mi solución sería absurda. Entiendo que si la comunidad no facilita las llaves al propietario que no este al corriente de los pagos en la cuota comunitaria, solo en ese caso habría que acudir a la vía judicial como bien refieres.
Si lees el enunciado de la pregunta puede llevar a equivoco. O tal vez yo lo haya interpretado mal. Mejor que nos lo aclare Saul.
Bcs, las vinculaciones entre arrendatario y comunidad de propietarios no existen, asi que la comunidad no tiene ninguna obligacion de suministrar ninguna llave a ningun inquilino, sus obligaciones son para con los propietarios.
No existe ninguna diferencia entre las llaves de la entrada a la finca y las llaves de la vivienda. Ambas son propiedad del propietario y ambas tiene éste la obligacion de entregar al inquilino en virtud del arriendo.
Si estuviesemos hablando de las llaves de la vivienda opinarias igual?
Si hay una negativa a esa entrega por parte del propietario, mi criterio es que la unica solucion es la judicial.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Yo tampoco entiendo porqué no tienes ese juego de llaves, coincido con crazyh. Se te debió facilitar desde el inicio del arrendamiento. Sin embargo en este apartado no coincido con Pedro, puesto que no veo que la ultima solución pase por demandar al propietario.
Podrías plantearle al arrendador que tu mismo pagarás la llave y el mando tal como te exige la comunidad y después que te deducirás ese gasto de la renta mensual. Asegurate que te firme por escrito la autorización para proceder de este modo y así te evitarás problemas futuros.
Y si luego, éste no paga las cuotas comunitarias esta ya no es tu batalla.
No, no la tienen.
Nadie puede impedirte el acceso a tu domicilio, pero tampoco entiendo porqué no tienes un juego de llaves
No se trata de cambio de llave, se trata de que para presionar a los morosos se supone que le van a decir a los porteros que no abra a determinados Propietarios/inquilinos y que estos compren la llave de la puerta de peatones y el mando del garaje (algo totalmente absurdo a mi entender),y ademas el dueño esta en colombia a sabiendas de la comunidad teniendo estos que consultar conmigo cualquier tema y añadire a esto que un deposito del cuarto de contadores de agua se rompio y me salieron humedades en todas las paredes y la comunidad hace caso omiso
Si no tienes llave y tu casero no te la entrega no entiendo como no quieres entrar en temas de denuncias al propietario. Es que es la unica solucion.
si la comunidad cambia la llave debe entregarsela a la propiedad, no a ti.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es