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Hola.
Vivo en un piso de alquiler hace 10 meses. El casero me cobró 2 mese de fianza y esto esta en el contrato. Me dijo que va a renovar el contrato todos los años. ¿Hay una posibilidad de recuperar el importe de un mes de fianza pagado demás?
Muchas gracias de antemano
M. Gottselig (Las Palmas)
A ver, a ver, seamos serios, si quieres quedarte en el piso no pidas que te devuelvan nada porque está en el contrato y a ti lo que te interesa es seguir con el mismo. ¿Qué es lo que ha cambiado ahora? Te has puesto a leer la ley a los 10 meses y te has liado. Un mes de fianza y otro de garantía adicional es lo legal, y te podían haber pedido mucho mas: aval bancario, aval personal. Eso sí, no renueves nada, porque entonces te subirá lo que quiera. Los contratos, si es tu vivienda habitual, no importa que lo firmes por un año, puedes quedarte 5.
Hola Margareta:
Aunque en el art 36 LAU 1994 se establezca que la fianza será de 1 mes de renta para los arrendamientos de vivienda, lo cierto es que en la práctica algunos organismos encargados del depósito de las fianza admiten cantidades superiores( VG La Cámara de la Propiedad Urbana de León).
Incluso hay alguna Audiencia Provinvial( A Coruña) que interpreta que 1 mes de renta para viviendas y 2 para locales como fianza es el mínimo obligatorio, no siendo válida la fianza inferior a tal límite pero sí la superior.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Legalmente la fianza obligatoria es de un mes, aunque se puede pactar cualquier garantía adicional, en este caso otro mes más. Mira a ver si lo tienes así puesto o poner específicamente que son 2 meses de fianza. En este útlimo caso, podrás pedirle que te la devuelva.
El casero no puede renovar cada año el contrato, eso es ilegal, él solo puede renovarlo después de cada 5 años, lo único que puede actualizar es el ipc anual.Y la fianza no la recupera hasta el día de la devolución de llaves.