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El inquilino se niega a quedar con el propietario de la vivienda para que éste verifique que efectivamente se ha realizado la reparación que como dueño debe pagar. El daño se ocasionó durante el cambio de caldera de agua caliente el 21-12-2009 y hasta ahora no se había realizado por las negativas del inquilino a quedar con el carpintero. Finalmente autorizó la reparación en noviembre de 2010 tras recibir un burofax en el que se le recordaba que la ley no le permitía negarse. El pago de la reparación está pendiente de comprobar que efectivamente se ha realizado, pero el inquilino responde con evasivas (cuando contesta) para que el propietario no acceda a la vivienda y verifique el arreglo. ¿Cuál es el artículo de la la LAU que recoge los derechos del propietario?
De acuerdo con la cita legal pero teniendo en cuenta que la autorización de entrada la ha de dar un Juez.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.
Hoal kamatria:
Artículo 21.3 LAU 1994.
Reciba un cordial saludo