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Al marcharse los inquilinos del piso han dejado un wáter roto, las paredes muy mal pintadas y todo sucio. Tenemos que devolverles la fianza pero quisiéramos descontarles los desperfectos. ¿Cómo se efectúa? Es necesario presentar facturas o podemos arreglar alguna de las cosas nosotros y cobrárselo?En el contrato se especifica que los desperfectos, también la pintura y la posible limpieza iban a su cargo.
Cualquier foto que haya sido sacada después de la finalización del contrato será inútil, pues eso no corroborará que ha sido el inquilino quién lo ha hecho, y en cambio sí dará pie a alegar que el arrendador ha entrado y ha podido modificar lo que ha querido.
Linatri, saca fotos de cómo está la casa y repara todo volviendo a sacar fotos a continuación haces la liquidación descontando las fras, que una cosa es desgaste del uso y otra muy distinta la irresponsabilidad que hay en muchos inquilinos que al dejar las viviendas creen que puden hacer lo que les de la gana y que todo vale
La carga de prueba es del arrendador en este caso, de ahí que explique que, ese pacto, sin especificar el color de la pintura, no va a poder reclamarlo, ya que no va a poder demostrar el color de las paredes.
En referencia a la limpieza, tampoco puede acreditar cómo ha entregado la vivienda, y habla de "condiciones higiénicas", con lo que, o hay algo parecido a un síndrome de diógenes, o si es por la suciedad del paso del tiempo y de la mudanza, poco va a poder hacer.
Yo soy de las que opina que pintar para salir de una vivienda JAMAS pero ¡¡ojo!! una cosa es que las paredes esten sucias por el uso y porque nunca hayan pintado en los 8 años que han vivido en la vivienda y que tengan 4 agujeros de los cuadros y otra muy distinta es lo que explica, si es tal y como explica creo que el inquilino es responsable.
De todos modos como mi política es que un casero tiene la obligación de pintar, limpiar y reparar entre inquilinos, pues entonces ahí termina el tema de la pintura.
Uff lo que pasa en muchas ocasiones es que hay que estar a la interpretación del juez ... que sabe dios si esa mañana tuvo un buen o mal ... amanecer
No obstante aquí tienes algo de lo que pides:
Gracias aunque me fastidia que cada uno pueda interpretar la ley a su manera (no lo digo por atacarles a ustedes, todo lo contrario, agradezco sus opiniones), a ver si alguien más se pronuncia que cuantos más argumentos tenga mejor.
Gracias a todos.
Crazyh,
Yo creo que ese pacto podría ser lícito.
la lau solo dice que serán nulos y se tendrán por no escritos los pactos que modifiquen las normas de la lau en perjuicio del inquilino.
y no veo ningún apartado de la lau que hable de limpieza o pintura.
saludos
ampa
La pintura y la limpieza no puede imputarla a los inquilinos.
Aunque fuera pactado en el contrato, la ley estipula que este tipo de cosas serán tenidas por no escritas y se consideran nulas.
Para poder reclamar la pintura, en el contrato debería especificar el color de las paredes, y obviamente solo podrían, en ese caso, descontarlo si han cambiado el color sin su consentimiento, no si las paredes tienen un desgaste por uso ordinario.
Y no, no pueden descontar nada que no sea previa demostración de factura ( y en su caso, esta vez, ni pintura ni limpieza)
desde luego si es tal y como usted lo explica, es para darles de palos a los inquilinos.
Contraten fontanero para el WC roto y pintor para las paredes y que le hagan factura, es la forma de descontarlo de la fianza que para eso esta.
Gracias por contestar, es que ese es el tema, como el piso era de nueva construcción y estaba perfecto y reluciente de limpieza, en el contracto se nos redactó esto para no tener sustos:
Pactan expresamente las partes que para el caso de rescisión del contrato con la existencia de cualquier desperfecto en la vivienda, pintura o acondicionamiento de los aparatos que le son inherentes, será satisfecho por el arrendatario.
Asimismo el arrendatario reconoce recibir la finca en perfecto estado de limpieza y se compromete a devolverla en las mismas condiciones higiénicas, en caso contrario serán a su cargo los gastos de limpieza.
Y como antes era todo blanco y los inquilinos lo han pintado de mala manera con colores muy oscuros donde se ven pasadas de rodillo y diferentes intensidades según apretaban más o menos el rodillo e incluso una pared donde se les acabó la pintura y se limitaron a limpiar el rodillo en ella pues hemos tenido un disgusto.....
Los desperfectos solo pueden cobrarse contra factura.
La jurisprudencia no considera que la limpieza y pintura final deba ser por cuenta del inquilino. Al contrario.
Eso si, tel vez en su caso es diferente puesto que lo han aceptado expresamente en el contrato.
Saludos - Papeleos Alquiler.