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Iteeman

casero/a

¿Cómo puedo echar a mi inquilino si no hay contrato por escrito?

Hace un año, una persona de confianza me dijo que una compañera suya de trabajo se quedaba en la calle y a mi se me había quedado un piso vacio, yo tras conocer a la persona le ofrecí alojamiento de buena fe, se acordo verbalmente que era algo temporal y una mensualidad de 500€, ahora lleva tres meses sin pagar, además de una actitud chulesca "dice que no se va por que no tiene contrato y que se puede quedar de por vida si quiere y sin pagar" yo no creo que la ley sea así, se que existe el contrato verbal y tengo testigos de ese acuerdo, pero aun yo le quiero mandar un aviso diciendo que le perdono el dinero si se va, ¿es buena idea o emprendo acciones por otra via?.

muchas gracias

  • Preguntado por: Iteeman
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (16)
Desahucios.org ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Mireya??? 
    No puedo creer que te hayas dado de alta para responder, de la manera que has respondido además, a un post de hace 5 años....
    De verdad eres profesional????   No se nota mucho...
  • Mireya

    profesional

    Devolviendole todo el dinero que te abono y figura firmado en recibos por ejemplo con más los daños y perjuicios. Nadie de buena fe alquila algo y no realiza un contrato y encima sube semejante comentario. Para tu información La Ley de Locaciones Urbanas es de orden público y si hay contrato verbal y recibos firmados "hay contrato y debes respetarlo y sino lo instrumentaste como debiste hacerlo ahora estas peor porque en lo que no está escrito rige la ley osea que no podes requerir siquiera un aumento de nada, en tu lugar buscaría un abogado. Saludos
    • Respondido por: Mireya
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Un recibo sea de lo que sea tiene que estar firmado por ambas partes si no lo esta, no es más que un mero trozo de papel sin valor alguno, hasta eso llego.

    un recibo solo tiene que estar firmado por el que "recibió" la renta, y debe conservarlo el que "pagó" la renta.

    si el que recibe la renta, desea tener un control de los recibos que firma, para eso están las matices que quedan a mano izquierda cuando se corta el recibo.  

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pero Crazyh, cómo puedes ser tan duro con este buen samaritano, después de intentar ayudar a esta mujer que se queda en la calle.

    ¿porqué no habré leído yo esto antes? Ya no voy a comentar nada, como auto-castigo

  • Iteeman

    casero/a

    Sus conocimientos delatan a su expriencia, ¿me equivoco?
    Un recibo sea de lo que sea tiene que estar firmado por ambas partes si no lo esta, no es más que un mero trozo de papel sin valor alguno, hasta eso llego.
    El incompetente de mi abogado, dice que si, que no necesariamente se tiene que ir, pero que si obligatoriamente tiene que pagar el alquiler y que una vez quede constancia ante el juez del caso el contrato deberá ser formalizado previo pago de sanciones que esta señora tendrá que ayudarme a pagar si se quiere quedar, más unos cuantos euros de costas judiciales (incluyendo los mencionados 1200€ de mi abogado) que correran a cuenta de ella, de ahi lo de los tres meses más, se formaliza el contrato e inmediatamene se solicita el piso para uso propio, ya que con su clausula si puedo hacerlo, eso contando que no vuelva a retrasarse el primer mes, ya hay antecedentes de casos similares en mi provincia.
    Le aseguro no puede evitar el pago, tiene trabajo fijo, tambien trabaja por las tardes en una hamburgueseria, coche nuevo (casualmente desde que dejo de pagar), alardeaba de tener lujos innecesarios, si solo tiene un dedo de frente esta señora una vez lea el burofax, cogera sus pertenencias y se ira del piso, dejando los grifos y las luces encendidas aconsejada por algún experto como usted.
    El piso tiene un video grabado solo horas antes de darle permiso para entrar cuya realización se encargó un notario quien de paso, hizo que dejaramos constancia de su estado y que tenga cuidado de no romper nada, muebles no tiene más que en la cocina.
    No deje de dar tan buenos y sarcásticos consejos, ayudan mucho a gente desesperada que busca resolver sus dudas, pues su sarcasmo llega a ser verdaderamente instructivo, que pase usted un buen día.

    • Respondido por: Iteeman
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Otra cosa, no confunda que usted es el "malvado casero" y ella un angelito. Aqui los dos teneis lo que habeis buscado. Tú por querer ahorrarte dinero y no declararlo ni hacer un contrato para asi evitar la ley, y ella ya recibirá lo suyo cuando tenga una deuda que no pagará pero evitará que tenga una vida normal despues del juicio.

    Para la próxima, déjese de "acuerdos temporales" y haga las cosas bien.

    Un saludo

    (de momento ya van 1200€ perdidos. Luego vendrá el estado de la vivienda)

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "le recuerdo que yo llegue a un acuerdo temporal no a un negocio duradero con el piso"

    Ese "acuerdo temporal" es un negocio de arrendamiento. Ese negocio está regido por una ley, la ley de arrendamientos urbanos, en el que se diferencía entre "vivienda habitual" y "otros". En su caso, parece ser que alega que es un negocio de "vivienda temporal", también regido por esta misma ley. En el art.5 podrá encontrar los arrendamientos que no se regulan por esta ley. El suyo no es ninguno de esos casos. Así pues, si alega un contrato de vivienda temporal, no solo debía ingresar un mes en el organismo competente, sino dos mensualidades.

    El art. 17.4 de esta misma ley expone "4. El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo del pago, salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario." Nadie hablo de dinero " en negro", pero sí en mano. La copia que usted nombra ahora, para servir, deberá estar firmada por la otra parte.

    Su abogado debería haberle mencionado el art.9, que es el que regula la cláusula de necesidad, necesaria para pedir la vivienda para uso propio o de sus familiares. Así que, como no hay contrato escrito, le será dificil poder demostrar esa cláusula y ese supuesto.

    Quién puede encontrarse con una sorpresa es usted, porque como su inquilina tenga grabada una de las transacciones, va a tener que demostrar que no ha seguido cobrando "en mano" y que no lo hace para recuperar el piso para uno de sus hijos, por ejemplo. Y ese es el primer consejo que doy a las personas que preguntan qué hacer si no les dan recibo.

    Creo que ya le habrá quedado claro que no le va a servir alegar que a su hijo le quitan la casa, o que esté en el paro, y que esa opción no puede ni plantearsela ( art.9 ) ya que la duración mínima es de 5 años.
    Lo más gracioso es que parece ser que su abogado no es muy bueno, pues dudo mucho que tarde tres meses y sí unos cuantos más. Y si enerva la acción (ponerse al dia) olvidese de recuperar la vivienda hasta la finalización del quinto año, no a los 6 meses.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Iteeman

    casero/a

    Sr. Crazyh, abogado ya tenia contactado como no, ha sido el quien ha mandado el burofax a mi orden, no quería, pero le insistí en que quiero agotar las posibilidades “amistosas”, también sea dicho, lo de que prepararíamos la demanda ha sido idea suya, me ha dicho que todo, procurador incluido cuesta 1200€, unos tres meses a lo menos a lo más seis si se pone al día y tengo que buscar otra opción para que se marche. El dinero tengo que declararlo si, este año como primero, pero con la cantidad de cosas que tendré que declarar (...) además le recuerdo que yo ingresaba ese dinero con un concepto "alquiler primer piso" lo cual me serviría para este 2012, demostrar esos ingresos ante requerimientos fiscales, otra cosa es lo de aceptar el dinero en efectivo (que no en negro), no lo sabía, yo le hacia un recibo correctamente especificado con su concepto, su cantidad, sus datos personales... ella lo guardaba en una carpeta y yo me quedaba la copia, ¿me sirven esas copias para justificar ese ingreso o no? Respecto a la fianza ya sé que la ley la exige, como no si es lo primero que hay que pedir cuando firmas un contrato de arrendamiento no soy tan inútil, pero le recuerdo que yo llegue a un acuerdo temporal no a un negocio duradero con el piso y tengo testigos para corroborar eso y el por que no le pedí deposito. ¿Puedo reclamarlo para vivir yo con mis hijos? Los dos están en el paro , ¿no hay una ley para eso también?, podría ser otra opción a contemplar ¿no?, ademas a mi hijo mayor están a punto de quitarle la casa, el banco ya le han mandado al tasador, la podría pedir para el. Crazyh... tiene usted toda la razón, no puedo demostrar precariedad ni comodato con lo del nombre en el buzón, ¿como me atrevo si quiera a imaginarlo? pero puedo hacerlo por otros motivos que no voy a descubrir, para que, dándose la casualidad, no la ayude un experto como usted, ahora, si ella ha sido beneficiada ya con sus sabios consejos y se mete en fregados judiciales contra mi, amparada por las leyes que ha mencionado y yo condenado como malvado casero, al final o paga o se tiene que ir, ¿no? La casa es mía, ¿que puedo tardar en dispone de ella, ocho o diez años, toda la vida? No lo creo. Descuide, le mantendré informado, que tenga un buen día.

    • Respondido por: Iteeman
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Hombre, calculando que la obligación de declararlo es a partir de 1600€ anuales,  estás diciendo que pagan menos de 133€ al mes.

    Así que parece que sí te puede "atacar" alguien, porque obligación de declarar esos ingresos la tienes, ya que dudo mucho que ese sea el precio del alquiler.

    Quien considera si es o no necesario pedir depósito/fianza no es usted, sino una ley de arrendamientos que casualmente existe. Si quiere arrendar sería conveniente que supiera sus obligaciones.

    Eso de que usted "accedió" a que le pagasen en efectivo, casualmente ha cometido otro hecho denunciable, que es la obligación que tiene de entregar recibo de cualquier pago ( jo, vaya con las leyes).

    El concepto que usted alega que ha puesto en un ingreso suyo a cuenta propia no creo que sirva de mucho, pero si usted se siente cubierto ningún problema. Había un rey que pensaba que iba vestido con una tela invisible.

    Los hechos que relata sobre su inquilina, como que tiene el nombre en el buzón, solo indican que ella vive ahí, pero no las condiciones. No hay forma de que, por ejemplo, alegue precariedad o comodato. Ya ni le cuento si su inquilina ha entrado en este foro y ha explicado el caso y le haya aconsejado yo mismo lo que hacer, pues entonces va a tener un serio problema.

    Su última frase "por si acaso voy a preparar la demanda de desahucio por impago" me da que pensar que, al tener tal desconocimiento de las leyes, va a ser capaz de intuir o considerar las condiciones necesarias para hacer tal requerimiento.

    Una tontería sin importancia, hay una ley que establece que para presentar la demanda que usted quiere "preparar" es necesario hacerlo mediante abogado y procurador, pero viendo el caso que le hace a las leyes no creo que lo considere necesario, ¿ a que no?

    Un saludo, y por favor, no deje de comentar por aqui lo que se va gastando y como le van las cosas. Sobre todo no deje de comentar cuando Hacienda crea que sí tenía que haber declarado esos ingresos por tener obligación y le sancionen pertinentemente.

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Iteeman

    casero/a

    Gracias a todos por contestar tan rápido

    Yo no tengo que hacer declaración de renta, estoy exento de momento, ya por ahi no puede "atacarme" nadie.

    Al acordar solo una temporada en principio no le pedi deposito, considere que las condiciones del piso no lo requerian, tenia que pintar, arreglar cuatro tonterias, en una habitación quitar humedad, etc..., desde el primer día que puso los pies en la casa accedi a que me pagara en efectivo yo guardo los recibos de los meses que me ha pagado, pero se que ella no los tiene, (ella me pidio copia de estos hace tres meses pero yo no se los he dado aun) yo cuando recibia el dinero lo ingresaba en una cuenta bancaria donde como concepto pongo "Alquiler primer piso", por ese lado me siento cubierto además ella dio de alta el teléfono fijo e internet en la dirección del piso, se compro una cabina de rayos uva que le enviarón por compañia de transporte, se ha puesto el nombre en el buzón y seguro que puedo demostrarlo por otro modo que se me escapa.

    Esta mañana le he mandado el burofax pidiendo que se marche en 15 días sin coste alguno, o en caso de negarse advertirle de que iniciaré tramites judiciales, me han dicho que en veinte días sabre algo, por si acaso voy a preparar la demanda de desahucio por impago.

    Saludos

    • Respondido por: Iteeman
    • Hace 12 años
  • blind

    blind

    inquilino/a

    Me da  a mi q si  Crazyh  esta en lo cierto este ya no responde jajajaj

    • Respondido por: blind
    • Hace 12 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Crazyh mira que suele molestarme tu sarcasmo, pero esta respuesta tuya es genial, además de magnificamente expuesta...chapó

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    La verdad es que me da mucha pena que gente como usted, que actúa con tan buena fe, tenga estos problemas.

    Pero no se preocupe, podrá demostrar facilmente el contrato verbal. Seguro que puede demostrar ese contrato gracias al pago del alquiler declarado en la declaración de hacienda, o mejor aún, con el recibo del depósito de la fianza en el organismo competente de la comunidad autónoma que, como las dos són obligatorias, y solo no hizo el contrato por buena fe y para no perder tiempo, seguro que habrá cumplido con su obligación.

     

    Ahora, como me esté equivocando y no sea como he expuesto arriba, casi mejor que vaya pensando en cuanto le va a ofrecer para que se vaya, porque sino va a tener problemas.

    La próxima vez no sea tan buena persona y haga un contrato, que no cuesta nada poner las cosas en un papelito y firmarlo y luego llevar la fianza al organismo de la comunidad autónoma.

    Personalmente le agradecería que nos vaya informando del caso. Cuanto se ha gastado, cuanto tiempo lleva sin la vivienda, cuantas sanciones administrativas le han llegado, multa de hacienda, etc... Es que estos casos me chiflan

    Un saludo

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si puede demostrar la existencia del contrato verbal podrá acudir al desahucio por falta de pago. La conveniencia de remitir previamente un requerimiento queda a su discreción, pues usted conoce mejor a la inquilina y podrá valorar si va a servir de algo; por las manifestaciones que transcribe creo que debe empezar con el desahucio cuanto antes.

    Suerte.

    www.asistencialegal.net 

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No estoy de acuerdo en gastar lo que vale un burofax, pienso que ya va a tardar bastante en un desahucio por falta de pago y cuanto antes lo empiece mejor, su inquilina parece de bastante mala fe.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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