¿Cómo asegurar que el inquilino no rompa acuerdo de estar alquilado solo un año?
Alquilo un piso, y me interesa hacerlo temporalmente solo de un año. El inquilino está de acuerdo, pero no quiero encontrarme con la sorpresa de que cambie de opinión más adelante, y me vea yo obligada a alquilárselo más tiempo.
Si es que dentro de un año lo necesitarías para vivir tú deberías poner una cláusula en contrato acogiéndote a lo que dice el Art. 9.3 de la LAU de 1994:.
Art. 9.-
Apdo. 3 3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato, no hubiera el arrendador procedido a ocupar la vivienda por sí, deberá reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momentode la reocupación o indemnizarle, a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedaren hasta completar cinco.
Si el piso va a ser la vivienda habitual del inquilino, diga lo que diga el contrato, cuando cumpla el año, podrá exigirte su derecho a que seguir en la vivienda hasta 4 años más.
Sólo para viviendas de temporada, desaparece ese derecho. Pero no sirve poner ese título al contrato "Contrato de vivienda de Temporada" para que lo sea. Tiene que serlo de verdad. Es decir, el inquilino deberá ser, un estudiante, un profesor, un becario... alguien que tenga su ivienda habitualong en otra parte, y que vaya a necesitar estar en la tuya sólo durante un curso escolar un proyecto de investigación, etc. En el contrato tendría que constar todo esto, que el inquilino vive en tal otro sitio, y que se formaliza este contrato distinto de vivienda como consecuencia de tener que impartir el curso escolar 2009-2010 en esta localidad. Y que por ser un contrato distinto de vivienda, finalizará el día tal sin posibiidad de prórroga, y el día tal, sin más demora, el inquilino deberá devolver la vivienda al propietario. Mucho mucho cuidado. Si tú sabes que va a ser su vivienda habitual, no se lo alquiles porque al final, aunque ahora te de muy buenas palabras, hará valer su derecho si lo necesita.
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