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estoy a la espera de una resolucion del juzgado. por subasta de la contructora esta me a hecho un contrato de 15 años, englobandoa los parafos del articulo 9.1 de la ley 29/1994 de 24 de noviembre de arendatarrios urbanos.
y otro mas abajo que pone
esta prorroga quedara sin efecto caso de que los arrendadores necesiten para si la vivienda,conforme dispone el articulo 9.3de la LAU.