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Javier MM

inquilino/a

Cláusula de contrato con aval bancario
Por favor, ¿podéis mostrarme un modelo de cláusula en un contrato de alquiler en la que se ponga un aval bancario como garantía?

¿Cómo funciona después el aval, desde el punto de vista del arrendador? En cuanto no pague el inquilino, ¿se puede ir al banco para ejecutar el aval? ¿hay que denunciar primero?

Agradezco mucho todos vuestros comentarios sobre el tema.
  • Preguntado por: Javier MM
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El aval bancario debe ser un documento distinto del contrato de arrendamiento, en el que solamente debe aparecer mencionado.
    Depende de las condiciones de ese aval, para el casero lo que interesa es que sea a primer requerimiento.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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