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Necesito vender mi piso y esa alquilado, los inquilinos cumplen el año de contrato en junio de 2012. Pero que circunstancias son necesarias para rescindir el contrato en la fecha de un año de alquiler?.
Yo vivia con mi padre, que fallecio hace unos dias y no tengo otra vivienda donde ir.
Muchas gracias
Hola coris:
coincido con la respuesta de la sr Amparo. En los siguientes enlaces encontrará más información:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/recuperar-piso-alquiler-antes-tiempo/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
La única circunstancia para que su inquilino abandone el piso, por el mero hecho de cumplir el año de alquiler, es que él lo desee.
El arrendador, salvo que el contrato contenga la llamada cláusula de necesidad (por "venta" no puede invocarse esa cláusula... solo para vivir) no puede hacer nada - al margen de persuadir con algún incentivo al inquilino - por dar por terminado el arriendo hasta el 5º año de contrato.
Saludos - Papeleos Alquiler.