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En el divorcio el hogar conyugal queda para el marido, ¿debo hacerle un contrato nuevo?, ¿qué obligaciones legales tiene para con el arrendador?
Si el arrendatario abandona la vivienda sin haber manifestado expresamente que su intención es desistir del contrato, o no renovarlo, el arrendamiento podrá continuar en beneficio del cónyuge que conviva con él en ese momento, siempre que en el plazo de un mes desde dicho abandono, el cónyuge manifieste (por escrito) al arrendador su voluntad de ser arrendatario. Si el contrato se extingue por falta de notificación, el cónyuge deberá pagar la renta generada hasta que devuelva la vivienda al arrendador.
El arrendamiento podrá continuar en beneficio del cónyuge si el arrendatario, sin el consentimiento de su cónyuge, manifiesta su intención de no renovar el contrato o desistir del mismo, esto es, manifestar su voluntad de renunciar al contrato. En este caso, para que el contrato se prorrogue en beneficio del otro cónyuge (que no había suscrito el contrato), el arrendador tendrá derecho a exigir a este último que manifieste su voluntad de renovarlo, en un plazo máximo de 15 días.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Iustre colegio de abogados de Madrid