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Muy buenas a todas las personas del foro.
Os comento el caso por si alguno sabe como actuar. Alquilamos un piso atraves de una administradora de fincas. El piso tiene 2 alturas y 2 habitaciones. Al firmarlo nos hicieron firmar una cláusula por la que teníamos que estar mínimo 1 año.
Pasado el tiempo, nos encontramos con la sorpresa de que nos llega una carta del ayuntamiento para inspeccionar la vivienda. Descubrimos, hablando con administradora y propietario, que esa doble altura la hicieron sin permisos. La solución del propietario es cegar la entrada. Esto causaría unas molestías personales de obras además del hecho de quedarnos con un 50% del piso menos.
Mi duda es, el año aun no ha pasado, ¿Se le podría exigir una indemnización por daños y perjuicios, además de no pagar la multa si nos vamos? ¿Nos podría echar si decidimos que no queremos irnos del piso hasta encontrar otro?
¿Qué margen legal tenemos para actuar? ¿Qué derechos?
Muchísimas gracias por su atención y posible ayuda.
Hola mgomez:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Muchisimas gracias a ambos. A ver como se desarrolla el tema, pero nos ha sido muy útil las lecturas de Crazyh del artículo 21 y 22. Mil gracias a ambos =)
Pues pueden demorar las obras hasta que finalicen el contrato, por ejemplo, o pactar una indemnización a su favor por las molestias que se les va a ocasionar.
Le recomiendo la lectura de los art. 21 y 22 de la ley de arrendamientos urbanos
MGomez: creo que se estan Uds. precipitando.
¿Hay ya una resolución del Ayuntamiento?
Es que creo que mientras no haya resolución no tiene sentido que Uds. se planteen tomar medidas. Puede que el piso se haya hecho sin permisos, pero eso no quiere decir que vayan a demolerlo automáticamente. A lo mejor la sanción es otra y Uds. se están planteando unas medidas que no se corresponden con la realidad.