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Soy casero y me estoy planteando demandar a mi inquilino por impago de tres meses de renta. El problema es que el abogado y el procurador me van a costar más que el dinero que voy a recibir si gano el juicio. En caso de ganar el juicio, ¿me tendría que pagar el inquilino mis gastos de abogado y procurador?
Hola juan carlitos:
1º) Si en la sentencia su arrendatario es condenado en costas, el abogado y el procurador de usted tendrán que presentar tasación de costas.
Si el arrendatario no es beneficiario de la asistencia jurídica gratuita tendrá opciones de cobrarla bien porque sea solvente o bien si en el contrato de arrendamiento consta lo dicho por el Sr manuel josé.
Si el arrendatario-condenado es beneficiario de la asistencia jurídica gratuita usted no cobrará las costas, salvo que en 3 años el arrendatario-condenado venga a mejor fortuna.
Reciba un cordial saludo
Eso se decide en sentencia, será uno de sus pronunciamientos. Según Ley, paga las costas la parte que ha sido íntegramente vencida en todas sus pretensiones, de manera que si todo lo que reclamas al inquilino te lo reconoce el jujzgado, efectivamente tendrás derecho a resarcirte de las costas.
Lo más importante es la solvencia del inquilino. Si hay aval bancario,avalista o fiador solidario, seguro de arrendatario que cubra rentas impagadas y costas judiciales,....
Normalmente es a cargo de quien pierde el juicio. De todas formas es muy aconsejable que figure dicha cláusula en contrato pero si HAY SOLVENCIA. saludos,