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ManuelJ.

inquilino/a

Mi casero mi quiero echar al año del contrato

Buenas.

Firmé un contrato de alquiler, hace menos de un año y mi casero me informa que cuando cumpla el año, tengo que abandonar el piso porque lo quiere vender.

Según mi contrato, la parte arrendadora, podrá ocupar la vivienda si es destinada para sí, pero no comenta nada sobre este caso.

¿Puedo exigirle una indemnización?

  • Preguntado por: ManuelJ.
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    El tiempo que puede estar en el piso es de 5 años, con independencia de que se venda o no. Si el nuevo propietario quiere ocupar la vivienda, podrá hacerlo según los términos del contrato. No tiene derecho a indemnización, salvo lo dispuesto en el art 9.3 LAU

     Art 9.1: La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    La duracion de tu contrato es de un año, y tu derecho a prorrogarlo será hasta los 5 (suponiendo que el contrato es anterior al 6 de junio de 2013) sin que en ningun caso la venta sea un problema para ello, es decir, la finca se puede vender pero el nuevo adquirente debe respetar tu contrato. En ningun caso eso es motivo para resolver el contrato.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • ManuelJ.

    inquilino/a

    Gracias Pedro por la rápida respuesta.

    No me queda clara la duración del contrato, según el documento, la duración es de 1 AÑO, progrogable a 5, pero solo menciona la cancelación del contrato por parte de la parte arrendatoria y solo comenta la cancelación por parte de la parte arrendadora siempre y cuando el domicilio sea para uso propio.

    No me queda claro si el casero puede cancelar el contrato, avisando con antelación, para que cuando cumpla 1 año el contrato, finiquitarlo.

     

    • Respondido por: ManuelJ.
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No, lo que puedes es exigir el cumplimiento del contrato o pactar una salida amistosa mediando o no alguna indemnización.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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