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Buenas noches y muchas gracias por su tiempo y su atención
Tengo un contrato de alquiler hasta el 2017 y hace pocos días el casero me comentó personalmente, sólo de palabra, que quería venderme el piso.Aparte de la conversación que tuvimos, ¿me lo debería notificar de un modo más oficial?. ¿Qué plazo tendría para contestarle?
En el caso de que yo decidiese no comprarle el piso,¿está él obligado a notificarle al nuevo propietario de que cuento con un contrato de alquiler en vigor hasta el 2017?
Muchas gracias por su ayuda
De nuevo, muchas gracias por sus respuestas d. Pholmo.
De nuevo, muchas gracias por sus respuestas d. Pholmo.
Con esa fecha de contrato la renuncia al tanteo y retracto sería nula.
Si el arrendador decide vender tiene que comunicarle a vd fehacientemente las condiciones de esa venta y vd tiene treinta días para decidir si compra o no (derecho de tanteo), si vende sin comunicarle nada el Notario le hará llegar la escritura de venta y vd tendrá treinta días para comprar en esas mismas condiciones (derecho de retracto).
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Tengo el contrato de alquiler desde noviembre del 2012, por una duración de 5 años y no he renunciado al derecho de suscripción preferente
Muchas gracias por su ayuda