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duxman

inquilino/a

El casero no quiere/puede girar recibos ¿Qué puedo hacer?
Por contrato se pactó que el casero giraria recibos a mi cuenta para pagar el alquiler, pero llevo ya dos meses que tengo que hacerle transferencia o ir a su banco a ingresarle el dinero y por supuesto a mí me cobran comisión, No se si cobran mucho por girar recibos pero no lo entiendo ¿Qué puedo hacer?
  • Preguntado por: duxman
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Si el contrato establece que el arrendador presentará los recibos en la cuenta del arrendatario, éste puede esperar tranquilamente asegurándose de que en su banco haya siempre fondos disponibles para cuando lleguen los recibos (art. 1171 del Código civil).
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Duxman, hay bancos online que no cobran por hacer transferencias. No puedo poner los nombres aquí porque no está permitido pero como pistas alguno puede ser abierto u otro ser de color naranja.
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Lo que no puede hacer es dejar de pagar porque el casero no le gire los recibos, puede requerirle para que los gire, o dar orden a su banco de que todos los meses en la misma fecha efectúe la transferencia del importe del alquiler que sería lo que le aconsejaríamos. El coste de esta transferencia es el mismo que en el caso de giro de recibo.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como lo describe se desprende que el casero prefiere que vd pague la comisión bancaria de transferencia en lugar de él, debe asumir y aceptar eso si en el contrato se expresa lo que es habitual que el casero decide la forma de pago de los alquileres.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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