En principio vió el piso y aceptó que todo estaba bien, y quedó en hacerme una transferencia de la fianza (800€), dos días más tarde me llamó faltándome el respeto y diciéndome que había una serie de desperfectos, y no me iba a devolver el dinero, yo le contesté con un correo dándole el plazo legal establecido para que me justificara los arreglos y me devolviera el dinero que me corresponde. Desde entonces no he tenido noticias suyas. Gracias.
Un monitorio es una reclamación de cantidad de la que verdaderamente tengas un justificante de que se te debe, y este no es el caso jurídicamente hablando.
Mira, el propietario tiene derecho a retenerte la fianza en unos supuestos legales, entre los cuales se encuentran los daños en la vivienda, que en ningún caso pueden ser mayores que los causados por el propio desgaste del piso. Aquí viene el problema. Si pones el monitorio y él tiene un abogado un poco listo, solicita una pericial de los daños, y como tú no tienes justificación del estado del piso cuando lo alquilaste ni cuando lo dejaste (esto lo presumo yo) pues vas a perder, y además al haber oposición al monitorio pasa a verbal. La tasación si no es de parte, si es directamente con perito judicial, puede costar como mínimo 1500 Euros, que tendrás que abonar tú si pierdes, como presumiblemente puede pasar por los problemillas anteriormente mentados.
Yo te planteo una solución mucho más dolosa para el propietario, y, te garantizo que le puede hacer mucho daño.
En muchas comunidades autónomas existe la obligación legal de depositar la fianza ante la administración y pagar una tasa por ello. Si el propietario no lo hace así puede tener una sanción administrativa de hasta 3000 Euros en algunos casos e inabilitaciones para solicitar ayudas públicas. Y, como sabrás, una vez denunciado el hecho en la administración ........ ellos son los que se tienen que pelear con el ciudadano. Tu sí que no tienes que pagar ni abogados ni procuradores. Un simple escrito basta. Yo daría los siguientes pasos: 1- Me enteraría en la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma sobre la obligación mentada. 2- Una vez enterado, le envío burofax al propietario relamándole el cumplimiento de la legalidad vigente advirtiéndole que de no darle cumplimiento en un plazo determinado.
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