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Me gustaría saber en qée situaciones puede uno consignar las rentas ante un juzgado. Mi casero se niega a hacer las reparaciones del baño y de la caldera y quisiera saber si de esta forma podría el Juez obligarlo a realizarlas.
La consignación judicial de alquileres solamente puede llevarse a efecto cuando el arrendador se niegue a percibirlos. En el caso que plantea lo suyo es pedir una pericial de sos desperfectos y reclamar su reparación o ejercer la acción resolutoria.
A lo ya expuesto solo cabe añadir que le necesidad no puede ser genérica sino que es preciso acreditar la razón concreta de que concurra.
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Las preguntas que haces las tendrías que hacer directamente a un abogado, pues llevan mucha carga de profundidad.