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Llevo dos años y dos meses viviendo en un apartamento alquilado y sin contrato. Solo se concerto la cantidad al mes y que luz y agua corria a mi cargo (facturas a su nombre). Desde casi el primer dia tengo contratado linea telefonica a mi nombre. Pues bien; Mi casero y yo vivimos puerta con puerta (es un piso dividido por un tabique) y resulta que me "invito" a que me fuese porque segun el, es muy molesto el ruido que hago. Ejemplo: tirar de la cisterna o ducharme mas tarde de la una de la mañana, Escuchar musica a un volumen no muy alto en horario maximo hasta las diez de la noche. Son escusas que me han fustrado y cabreado mucho cuando el tambien ha hecho ruido y nunca me queje. La pregunta es: ¿Me puede hechar asi como asi? ¿Podria "tocarle la moral" por tener el alquiler en "B" y no declarar en acienda ese alquiler?
Gracias
Puedes contestarle a esa invitación subiendo un poco más la música, que dicen que amansa las fieras.
Solo queda decir que la 'invitación' a marcharse puede ser contestada declinando esa invitación, ya que en definitiva será el Juez quien decida si puede o no continuar en el arriendo.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Bueno, para tener derecho a continuar en la casa hasta 5 años, no basta demostrar que "vives ahí", sino que "pagas una renta por vivir ahí".
Por eso, si tienes recibos, ellos son la prueba de la existencia de un contrato de arrendamiento verbal, que es tan válido - incluso a veces más ventajoso para el inquilino - que uno escrito.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Hola, un contrato verbal es igual de valido que un escrito por lo tanto tiene los mismos derechos
para demostrar que tu vives en el piso lo tienes que hacer con los recibos como puede ser el telefono
repecto al suministro una cosa es que el dueño tenga a su nombre los sumistro agua,luz.gas,etc pero la domiciliacion deberia estar a tu nombre en la cual diga lo que estas consumiendo de suministros y pagarlo
no vaya a ser que tambien le estes pagando los suministros a el tambien
de todas formas siempre es mejor hacer bien las cosas con contrato escrito, y declarando hacienda y el que valla de listo que pague al final
Hola,
la situación no es buena para ninguno de los dos.
Tu puedes demostrar que le pagas un alquiler, desde cuando? Si la respuesta es afirmativa porque tienes ingresos en el banco o recibos de pagos puedes estar hasta cinco años.
El tocarle la moral respecto al alquiler, tu debes declarar el alquiler, y no tienes el porque notificarselo, ya que el tiene la obligación de hacer lo propio.
Suerte
Oscar