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Hola. Tengo un piso de mi propiedad alquilado con contrato y de forma legal desde agosto del 2012. Me gustaria saber qué gastos derivados del mantenimiento del piso me puedo desgravar.Por ejemplo: ¿puedo desgravarme el IBI y la comunidad?.Cuando alquile la casa contraté un seguro de protección por impago : ¿Puedo desgravarmelo también ?
Gracias
Todos los recogidos en el art. 13 del reglamento del irpf.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es