Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola, t
Tengo una pregunta, con este casero ya he estado 5 años con un contrato, ahora tengo otro donde es un contrato de 2 años prorrogable a 3 más, y pago 210 euros, pero él dice que ahora como cumple me aumenta 50 euros,
Según la Ley de arrendamientos urbanos
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos el articulo 18 punto 3 dice
3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado
Mi pregunta: ¿puede aumentar tanto?
Si le exijo la certificación del Instituto Nacional de Estadística que es 1.4 creo sería 212,94 euros no los 260 que quiere, puede decir que me vaya de la casa?
Qué puedo hacer, muchas gracias
Uf, parece que me había hecho un lío. Ahora entiendo que está finalizando el 2º año del 2º contrato. De acuerdo con las respuestas entonces.
si el contrato ya esta firmado, no puede subirte nada más que el IPC y sólo en el vencimiento anual.
Yo creo que m_anucar se refiere a que le aumentan los 50 euros con el nuevo contrato, lo cual es perfectamente legal. Pero si ya ha habido un aniversario del 2º contrato, entonces la subida no es mas que el IPC.
Bién si estas con un contrato de 2 años, esto significa que te faltan 3 años de prórroga, y hasta que no venzan esos 3 años no puede subirte más que el IPC anual.