Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Me da miedo que luego se quieran quedar mas tiempo e inclusive sin pagar, yo querría hacerlo todo bien y dentro de la Ley para no tener problemas.
En su caso es un tema complejo, puesto que si solamente hay una referencia catastral y alquila una parte de la casa se entendería que el contrato está sujeto al Código Civil y que por tanto se puede pactar un plazo de un año. Si hay realmente dos viviendas, con sendas referencias catastrales (o se puede inferir de la situación y configuración de las misas que son dos) el contrato estaría sujero a la Ley de Arrendamientos y el plazo son cinco años salvo que alegue necesidad y la demuestre y luego ocupe realmente la finca alquilada. En cualquier caso si hay problemas tendrá que acudir a un juzgado y le llevará un tiempo el desalojo por expiración del plazo, siendo más rápido el desahucio por falta de pago.
Suerte.