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En diciembre alquile una casa; el primer año es de obligado cumplimiento por ambas partes, después se renovará año a año hasta un máximo de 5
Existe también una clausula de compra a ejercer en el 2 años de alquiler
Pero por razones de trabajo necesitamos la casa, la podriamos reclamar al cumplirse el año.
Totalmente de acuerdo con el compañero PHOLMO.
Ud. se ha comprometido con una opción de compra a favor del inquilino y por tanto tiene que hacer todo lo posible por preservar ese derecho del inquilino. Por lo tanto ahora no puede despojar al inquilino de su condición ya que eso equivaldría a dejarle sin opción de compra.
antonio Casabosch me temo que su situación no es tan fácil de resolver, en principio tiene que esperar al vencimiento de la anualidad para denegar la prórroga por necesidad, qu edebe ser real. Pero por otra parte ha dado una opción de compra al inquilino y entiendo que no puede quitársela ni siquiera por necesidad con lo cual sería aconsejable que aguardara a la finalización de esa opción.
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