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quiero hacer 4 apartamentos de unos 45 m2 en las dos plantas restantes. ¿Que tengo que hacer para alquilar por dias o por larga duracion?.
Por el momento solo tengo uno de los cuatro ya preparado y lo he anunciado para alquilar.
Bien mis dudas son las siguientes:¿ tengo que darme de alta fiscal como autonomo?, espero que no.
¿Que he de hacer si alquilo por unos dias el apartameto, y si es por un año o mas?
He oido que si vives en la casa y alquilas una parte de ella no estas obiligado a declararla lo llames habitaciones o apartametos.
Estaria muy agradecido si pudieran sacarme de dudas.
¿Que modelo de contrato he de preparar para este arrendamiento de dias o meses o años
Muchas gracias
Jorge Ruiz
Sr. Jorge Ruiz voy a tratar de contestar por orden:
1.- No es lo mismo un alquiler "por días" que de "larga duración" y lo peor de ello es que no está en su mano normalmente esa elección; resumiendo mucho el tema, para alquilar por días debe cerciorarse que su arrendatario tiene otra vivienda a su disposición que constituye su residencia habitual. En definitiva es muy conveniente que los contratos que pretenda utilizar sean examinados previamente por un Abogado, le evitará problemas posteriores.
2.- El hecho de dedicarse simplemente a arrendar bienes urbanos no imlica la obligación de alta en Autónomos, si se trata de arrendamientos sujetos a IVA (todos los que no sean de vivienda) deberá darse de alta fiscalmente como arrendador para ingresar ese IVA.
3.- La obligación de declarar fiscalmente los alquileres se extiende a todos.
4.- Como le he dicho en la confección de esos modelos debería intervenir un Letrado.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)