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Mis inquilinos se han ido antes de la fecha final de contrato. ¿debo devolver la fianza? ¿cuáles son mis derechos?
15 de marzo hasta el 15 de abril...
no me cuadran las fechas...supongo que es un error, porque el 15 de mayo aún no ha llegado...a no ser que hablemos del año pasado
Pues, me lo comunicaron por telefono el día 15 de Abril y se han marchado el 15 de Mayo. La finalización del contrato era el 1 de Julio.en el contrato especifica que debían comunicar la ruptura de contrato con un mes de antelación. pero no especifica nada de libre desistimiento. No he devuelto la fianza (por desperfectos en el piso). ¿Que debo hacer?
Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por ambas partes, e implican derechos y obligaciones para ambas partes. (Salvo que el vuestro tuviera una cláusula de libre desistimiento por parte del inquilino)
El arrendador tiene el derecho a cobrar la renta de cada anualidad COMPLETA y la obligación de tener a ese inquilino hasta 5 años.
El arrendatario tiene la obligación de pagar la renta de cada ANUALIDAD completa, y, derecho a prórrogas por, anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años, a veces 8.
Si el arrendatario o inquilino da por terminado el contrato unilateralmente antes (o después) del cumpleaños del contrato , el casero le puede demandar por incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez le condene a seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse o hasta cumplir la anualidad en curso y, además, y esto es muy caro, a correr con las costas del juicio.
Lo más sensato para el inquilino hubiera sido negociar una indemnización (que puede ser LA FIANZA) a cambio de que el casero no le demande o quedarse en el piso hasta el siguiente cumpleaños del contrato.
Lo peor - por caro - será ir a juicio. (Además el inquilino es condenado en costas 1000-2000 eur)
Tienes también dos posts en el blog de PHOLMO respecto a desistimiento que son muy clarificadores:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html
Saludos - Papeleos alquiler
Si no estas de acuerdo en la rescisión del contrato, no tan solo no has de devolver la fianza, si no que puedes iniciar un proceso de reclamación de cantidad, pues han imcumplido un contrato.
Si no habido una justa causa acreditada (paro, traslado laboral, etc.) usted tiene derecho a ser indemnizada por el periodo dejado de cumplir, o hasta el momento en que vuelva a alquilar el piso (lo que suceda primero). Y como primer paso tiene derecho a conservar la fianza por incumplimiento del arrendatario.