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Si cambio la titularidad de gas y luz a los inquilinos, y no pagan dichos suministros, cómo puedo darme yo de alta otra vez.
Gracias.
Gracias domus,
no entiendo lo de la mera subrogación,, que significa? Para una proxima vez.
gracias
gracias domus, pero lo que no entiendo es que si yo me quiero dar de alta de nuevo, porque yo personalmente no debo nada a la compañia electrica,tenga que pagar todos los derechos otra vez, pudiendo justificar que el piso estaba alquilado y hubiera sentencia judicial, verdaderamente lo tendria que pagar?
gracias
supongo que dentro de poco tendre el piso, pero se han llevado el contador de la luz, por falta de pago, como tengo que dar de alta el suministro una vez que se vayan, con sentencia judicial ir al suministrador' el contyato afortunadamente estaba a nombre de uno de los inquilinos que se enfado y mando cortar la luz, asi llevan sin contador unos 3 meses.
Si no pagan, la compañía les cortará el suministro a ellos que serán los únicos deudores, y no deben negar después el alta a otra persona diferente aunque sea para la misma vivienda; la faena es que hay que pagar derechos de alta mientras que la mera subrogación es gratuita. Siempre es mejor que el inquilino sea titular de sus propios suministros, porque de lo contrario el propietario será deudor de unos consumos que no le corresponden.