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Buenos días,
el propietario quiere que con fecha 1 de Enero de 2013 la desocupe, debo solicitarle que me lo pida por escrito ?. Gracias.
Efectivamente se trata de un arrendamiento verbal que se puede acreditar facilmente con los recibos de alquiler. El problema principal es del arrendador que tiene que acreditar la fecha en que empezó a correr el plazo de cinco años al que el inquilino tiene derecho.
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Bueno, probablemente te conteste en breve un profesional, pero decirte que los contratos verbales tambien son válidos, así que contrato si que tienes. Otra cosa es poder demostrar ese contrato. Lo mejor es con los recibos de los pagos mensuales, si no los tienes pídelos. Una vez dicho que sí tienes contrato, los plazos de desalojo son los que explicita la LAU.
Un saludo.