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Podemos rescindir el contrato, a partir del 1 de enero 2015 podemos hacer algo, ya que aunque la renta sea actualizado es baja, pues solo se actualizaron los últimos 15 años .
gracias
Pues eso mismo es lo que yo he dicho.
No comparto esa respuesta salvo en lo de que hay que examinar ese contrato, los alquileres concertados durante el llamado Decreto Boyer podían o no acogerse a la prorroga forzosa vigente hasta ese momento, en mi blog cuyo enlace le dejo tengo tratado el tema ampliamente, ya que este caso parece que no se acogió a la exclusión de la prorroga forzosa.
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francisco1953: en principio la respuesta es que si porque su contrato se firmó estando ya vigente el llamado Decreto Boyer, pero para estar totalmente seguros sería imprescindible leer ese contrato.