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Vivo alquilada tengo 68 años extranjera, y en las reuniones de condominio siempre hay una propietaria que dice que yo no tengo derecho a nada, ni siquiera optar por administrar el condominio quiero saber en que art lo dice de la ley de propiedad horizontal
Hola Thais:
Le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Arrendatario-y-Comunidad-de-Propietarios.htm
reciba un cordial saludo.
Coincido con Piscis y añado que puede ser administradora de la finca , siempre que esté colegiada , y por su edad , no lo creo
Si la comunidad no quiera nombrar administrador, ( para ahorrase dinero) llevaran las cuentas los vecinos el año que les corresponda y según turno.
Puede que algun vecino o su casero , le ofrezca llevar las cuentas , cuando le toque a él.
Que sea extranjera es indiferente.
Hola THAIS .-
A las reuniones de propietarios de una finca solamente pueden acudir dichos propietarios, salvo que, un propietario quiere delegar su representación en otra persona, lo cual, puede hacerlo, siempre que haya constancia escrita de ello.
Por tanto Ud. podrá asistir, con un documento firmado por el propietario de su piso y tendrá voz y voto como los demás condueños.
Lo que no podrá hacer es administrar el condominio, salvo que la nombren secretaria-administradora de la Comunidad