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pero si doy de baja el suministro no habrán más facturas y sin luz tendrán que irse del piso que realmente es lo que quiero.
Si los suministros están a su nombre, sea a su cuenta bancaria o a la del inquilino, si no se paga el deudor es usted. No puede dar de baja los suministros. Es coacción. Pero no está obligada al pago. Desdomicilie las facturas de suministros de su cuenta. Llame por teléfono dando datos del inquilino diciendo que en lo sucesivo manden facturas al piso alquilado, que se pagarán por ventanilla en el banco. A continuación comunique al inquilino por burofax con acuse de recibo y certificación de texto (correos) que en lo sucesivo recibirá las facturas de la empresa suministradora. Si no paga, le cortan la lu, USTED MNO, sería coacción. bLo mejor en lo sucesivo, en mi opinión, es poner suministros al nombre del inquilino en el momento dek contrato por teléfono o por fax normal con firma ambos y copia del contrato y DNI.- También en contrato puede figurar en cláusula que al término debe cambiarlo a su nombre o al de quien usted designe con los gastos a SU CARGO. sI NO LO HICIERA SE DEDUCIRÁ DE LA FIANZA, además de desperfectos al firmar ambos el documento de FINAL DE CONTRATO. saludos,