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Dejo el piso en el que he estado viviendo 6 años. Hay que decir que ese piso no está en su mejor condición, ya de origen. Yo tuve que hacer varios arreglos y los muebles tienen mi edad (y seguro que más).
El casero, con quien he quedado para la devolución de las llaves y demás, me dejó entender que no me iba a devolver la fianza el día de la devolucion de llaves porque puede que salga algún desperfecto después de mi ida del piso y entonces que la cobraría.
Bien, sé que tiene un mes para devolverme la fianza, pero ¿si a la entrega de llaves repasamos el piso y está todo correcto, quién me dice que no va después a venir y romper algo y decir que es mi culpa?
Cómo puedo evitar esta situación? Pienso hacerle firmar un papel conforme me dice que le devuelvo el piso en buen estado y conforme al inventario que me dejo al entrar. ¿Y si no acepta? Estoy muy preocupada porque este piso es viejo y él se niega a verlo así. Gracias por su ayuda
Daniel, hay que llamar a las compañias y dar las lecturas de contadores y decir que es un inquilino que se va y entonces generan un recibo con el importe hasta esa lectura y te dicen por telefono el importe que es.
Yo siempre me mudo unos días antes y así tengo los últimos días para dar lectura de contadores, pagar esas facturas (las envían al momento) y dejar todo limpio.
Recuerda que si todo es correcto les has de devolver la fianza INTEGRA a la entrega de llaves.
Yo soy propietario y a finales de septiembre tengo que rescindir el contrato con mi inquilino. Los consumos los habrá pagado hasta entonces, pero a principios de octubre me vendrás los recibos de septiembre. Cómo hago para deducirlo del depósito si no sé la cantidad? Del mismo modo, el inquilino se dió de alta de teléfono e internet y no quiero que me venga ningún recibo que no me corresponde... puedo deducir del depósito cualquier recibo o impago que venga a posteriori de la rescisión del contrato y antes de que le entregue el depósito de vuelta en un periodo de 30 días? Gracias
La fianza no se queda en manos del arrendatario, pues se deposita en la camara de la propiedad.
Aunque por lo general esto no se hace asi, pues en el contrato puede poner otra clausula, etc...